No impedir el paso peatonal, no permanecer cerrado por más de 7 horas seguidas, contar con el apoyo del 80% de los vecinos y recibir la aprobación del concejo municipal son los puntos más relevantes de la ley “Cierre de Calles y Pasajes”, promulgada hoy por el Presidente de la República, Sebastián Piñera. Además, recordó que “hoy existe una ley que permite cerrar pasajes que tienen una sola entrada, que ha sido muy útil, pero entendemos que hay muchas otras comunidades que tienen dos entradas y que también quieren tener mayor protección y poder dormir más tranquilos”.
En la misma línea, el jefe de Estado señaló que “esta ley nos va a permitir, sin duda, tener mejores instrumentos y herramientas para eliminar o reducir los portonazos, las encerronas, balaceras a plena luz de día y delitos macabros, como los que hemos conocido. El principal deber y responsabilidad de un gobierno es asegurar y garantizar la seguridad”.
¿PUEDO CERRAR MI PASAJE O CALLE CON ESTA LEY?
El proyecto establece adecuaciones de la siguiente manera:
a) Las medidas de control de acceso podrán implementarse en calles y pasajes que tengan un acceso y salida distinto, cuyo ancho de calzada sea inferior a siete metros y cuya extensión no supere una cuadra.
b) La solicitud que se presente para implementar las medidas de control deberá ser solicitada por el 80% de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes o moradores autorizados, cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle, pasaje o conjunto habitacional urbano o rural que será objeto de cierre. Además, la solicitud de cierre deberá señalar su forma de administración.
c) Se incorpora que el horario de funcionamiento de las medidas de control será aquel que se señale en la solicitud de implementación y que no sea superior a siete horas continuas. Excepcionalmente, se podrá autorizar el cierre por diez horas continuas, fundados por motivos de seguridad y siempre que no se afecte relevantemente el tránsito.
d) El proyecto señala expresamente que no se pueden afectar con las medidas de control de acceso a los organismos de seguridad, bomberos y otros de utilidad pública ni restringir el tránsito peatonal.