PAINE.- La Corte Suprema acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por el Programa de Derechos Humanos y condenó a un oficial de Carabineros en retiro y un civil por homicidios calificados en asentamientos de Paine en 1973.
Esto, debido a su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificados de Ricardo Eduardo Carrasco Barrios y Saúl Sebastián Cárcamo Rojas. Ilícitos perpetrados en los asentamientos “Arcoíris” y “Santa Rosa” de la comuna de dicha comuna, el 16 de septiembre de 1973.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció yerro en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, al acoger la media prescripción y rebajar la pena impuesta en primera instancia de 15 años y un día de presidio a Nelson Iván Bravo Espinoza, capitán a cargo de la Subcomisaría de Carabineros de Paine a la época de los hechos, en calidad de autor de los homicidios.
Asimismo, la Sala Penal confirmó la pena impuesta por la ministra en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, de 10 años y un día de presidio que deberá cumplir Juan Francisco Luzoro Montenegro, por su participación, en calidad de autor, en el homicidio de Carrasco Barrios.
EJECUCIONES
En el fallo de primera instancia ratificado, se dio por establecidos los siguientes hechos:
Después del 11 de septiembre de 1973, funcionarios policiales de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, allanaron el hogar de la familia Cárcamo Rojas, situado al interior del asentamiento ‘Arcoíris’ de la comuna de Paine, en busca de Saúl Sebastián Cárcamo Rojas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien no se encontraba en el lugar.
El 15 de septiembre de 1973, en horas de la noche, Cárcamo Rojas regresó a su domicilio, haciendo presente a familiares su temor a ser detenido, junto a otros jóvenes del sector, a raíz de su militancia política.
El 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, funcionarios policiales de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de Paine y civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, se dirigieron al asentamiento ‘Santa Rosa’ de la comuna de Paine, lugar en que se ocultaba, entre otros, Ricardo Eduardo Carrasco Barrios, militante del MIR.
Acto seguido, encontrándose detenido Carrasco Barrios, lo hicieron correr hacia un canal cercano y, en ese instante, le dispararon por la espalda, provocándole la muerte, siendo lanzado su cadáver a dicho canal.
Tras tomar conocimiento del operativo que se desarrollaba en el asentamiento ‘Santa Rosa’ de la comuna de Paine, en el que resultó fallecido Ricardo Carrasco Barrios, Saúl Sebastián Cárcamo Rojas huyó hacia los potreros situados en las inmediaciones de su domicilio.
Concluido el mencionado operativo, funcionarios policiales de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de Paine y civiles se dirigieron al domicilio de Cárcamo Rojas, encontrándolo en las inmediaciones, lugar en que dispararon en su contra, causándole la muerte por traumatismo cráneo-facial y torácico.