EMPRESAS.- A través del número gratuito 800 203 180, los pacientes electrodependientes en la zona de concesión de CGE que estén inscritos en los registros accederán a atención especializada y prioritaria por parte de la compañía.
El servicio (domicilio) donde habite un paciente electrodependiente, quedará sujeto a los siguientes beneficios:
- Prioridad en la atención ante eventuales interrupciones de suministro eléctrico.
- En caso de ser necesario, entrega temporal o permanente, en comodato, de equipamiento que permita abastecer de energía.
- No suspensión del suministro en caso de deuda.
- Descuento de consumo en la cuenta de luz.
Para registrarse, los interesados deben completar el formulario disponible en esta sección. Para ello, es importante que adjuntes los siguientes documentos:
-Certificado médico que acredita condición de electrodependencia.
-Formulario con los datos de contacto con el paciente y su representante (o apoderado).
-Cédula de Identidad del paciente electrodependiente: documento que acredita la identificación del paciente y será utilizado solo para estos efectos de esta inscripción, por lo tanto, está protegido bajo la Ley de Protección de Datos.
-Cédula de Identidad del representante (o apoderado) (*) del paciente electrodependiente documento que acredita la identificación del representante o apoderado y será utilizado solo para estos efectos de esta inscripción, por lo tanto, está protegido bajo la Ley de Protección de Datos.
-Copia de la boleta de servicio: correspondiente a la boleta de luz más reciente y la cual se requiere, para evitar errores en la asignación del beneficio de descuento en otra propiedad donde no exista un paciente electrodependiente.
-Documento que acredita al representante (o apoderado) (*) del paciente. Corresponde a la documentación legal que define al representante o apoderado arriba individualizado, por ejemplo, Escritura.
-En el caso de los padres, podrá adjuntar copia de la libreta de familia o certificado de nacimiento del paciente electrodependiente.
(*): Si el paciente es su propio representante legal y no posee apoderado, debe ingresar la cédula de identidad del paciente en reemplazo de la cédula de identidad del representante (o apoderado) y como documento que lo acredita como tal.
Cualquier duda, ingrese a https://www.cge.cl/electrodependientes/