NACIONAL.- La Contraloría General de la República mandató a todas las instituciones públicas a implementar mecanismos electrónicos para controlar la asistencia de los empleados públicos. Esta medida incluye a todos los órganos de la administración del Estado, incluyendo ministerios, subsecretarías, seremis, municipios y servicios descentralizados.
El oficio advierte que la tecnología actual “ofrece herramientas que superan las limitaciones de los registros manuales de asistencias, ya que otorgan un grado de certeza y confiabilidad de que estos carecen, por lo que se presentan como mecanismos idóneos para registrar -en tiempo real- los ingresos y salidas”.
En esa línea, la Contraloría concluye que los libros de asistencias y otras formas de registros análogas que utilicen el papel como soporte “no constituyen un mecanismo de control idóneo, eficaz, eficiente, ni actualmente aceptable frente a deber de justificar el correcto uso de los fondos públicos asociados a la asistencia del personal”. Dado lo anterior, la entidad liderada por Dorothy Pérez ordenó que las instituciones públicas “deben utilizar algunas de las herramientas tecnológicas actualmente disponibles”.
Estas pueden ser tarjetas electrónicas de acceso, sistemas biométricos -por impresión de huella digital o reconocimiento facial-, softwares en línea, aplicaciones móviles entre otros sistemas automatizados de similar naturaleza. Estos mecanismos deben entregar “confiabilidad para el referido control que deban efectuar las jefaturas de servicios y entidades, según la naturaleza de la función, el lugar de desempeño y la actividad del personal o servidor de que se trate”.
La implementación de estos sistemas tecnológicos deben ser informados en un plazo de 20 días hábiles a la Contraloría mediante la Ventanilla Única del sistema SIAD (Sistema de Inspección de Acciones Derivadas).
Las entidades públicas que no cuenten con estos sistemas deberán enviar un cronograma de implementación, el cual no podrá extenderse hasta el primer semestre de 2026, salvo en aquellos casos que estén debidamente justificados por falta de presupuesto. Asimismo, se consideran casos excepcionales para control de funcionarios.
Se podrá aplicar un sistema distinto dentro del mismo organismo para determinados funcionarios, pero nunca basándose únicamente en la jerarquía del cargo, para no vulnerar el principio de igualdad ante la ley.