“Estamos tratando de hacer el mayor esfuerzo para que esta crisis no afecte tan significativamente a los bolsillos de los trabajadores”

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“Estamos tratando de hacer el mayor esfuerzo para que esta crisis no afecte tan significativamente a los bolsillos de los trabajadores, y en este escenario entendemos también lo que enfrentan pequeñas y medianas empresas que han tendido que cerrar y que están muy complicadas para pagar las remuneraciones. Pues bien, esta ley viene a ayudar y descomprimir el escenario actual para que los empleadores puedan tener el dinero para sus trabajadores”.

Con estas palabras, la Gobernadora de la Provincia del Maipo, María José Puigrredón, se refirió a la Ley de Protección al Empleo promulgada por el Presidente Sebastián Piñera, que busca proteger la fuente laboral de los trabajadores y trabajadoras, permitiéndoles acceder a las prestaciones y complementos del Seguro de Cesantía.

Los trabajadores podrán acceder al beneficio cuando se presenten las siguientes situaciones:

  • Se suspenda el contrato de trabajo por acto de autoridad (cuarentena).
  • Se acuerde un pacto de suspensión del contrato de trabajo.
  • Se acuerde un pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo.

Respecto del primer punto, la gobernadora comentó que “por ejemplo, si la autoridad sanitarias establece que una actividad económica no puede seguir impartiéndose, los empleadores deben seguir pagando las cotizaciones previsionales y de salud, y ellos tienen que hacer el trámite en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) para que los trabajadores puedan acceder al beneficio. Claro que para recibir mencionado beneficio los trabajadores tienen que cumplir con requisitos, como por ejemplo, tener 6 cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos 12 meses, y tener al menos las últimas 2 cotizaciones con el mismo empleador”.

“Lo más importante es que cuando se agoten los fondos del Seguro de Cesantía Individual que cada uno tiene, el pago se hará con cargo a los fondos de cesantía solidarios, donde el Gobierno  ha inyectado una cantidad importante de recursos”, agregó Puigrredón, quien precisó que “hoy no es necesario hacer esa fila ni hacer el trámite para hacer uso del beneficio porque si bien la ley fue promulgada, aún no ha sido publicada en el Diario Oficial”.

¿Quienes no podrán acceder al beneficio?

  • Los trabajadores y trabajadoras que no se rijan por el Código del Trabajo y aquellos que no estén afiliados a la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC).
  • Quienes hayan acordado con su empleador o empleadora un pacto que permita asegurar la continuidad de sus funciones con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley.
  • Quienes se encuentren recibiendo un subsidio por incapacidad laboral, durante el tiempo en que perciban dicho subsidio.

Ingreso Mínimo Garantizado

Recordemos que el Presidente Sebastián Piñera también dio el vamos a la nueva ley que establece el Ingreso Mínimo Garantizado, que busca beneficiar a los trabajadores que integran el segmento de la masa laboral chilena con sueldos más reducidos.

El Ingreso Mínimo Garantizado consiste en un subsidio estatal de 59.200 pesosdestinado a incrementar las remuneraciones de los trabajadores chilenos que perciben el sueldo mínimo. Es decir, personas que en su ejercicio laboral, cada fin de mes, sus emolumentos no logran superar los 350 mil pesos.

Por lo tanto, el aporte del estado se encuentra dirigido a beneficiar al 90 por ciento de los hogares más vulnerables del país. De esta manera, se intenta que la nueva iniciativa legal contribuya a mejorar, en terminos económicos, la situación que viven cerca de 700 mil trabajadores en el país.

“Entonces ya tenemos dos herramientas entregadas por el presidente y que apuntan ayudar a los bolsillos de los trabajadores golpeados por esta pandemia de Coronavirus”, agregó Puigrredón.

Podrán acceder al beneficio del Ingreso Mínimo Garantizado los trabajadores que cuenten con un contrato laboral de jornada completa de más de 30 horas, no pertenezcan al 10 por ciento de la población de mayores ingresos y puedan acreditar ambos requisitos cuando postulen a este subsidio del estado. Solo en esas condiciones las personas finalmente estarán facultadas para obtener el beneficio.

A partir del 15 de abril, los postulantes al Ingreso Mínimo Garantizado deberán ingresar a https://ingresominimo.desarrollosocialyfamilia.gob.cl/ con el fin de realizar los trámites en línea exigidos para recibir el beneficio. En el sitio de Internet deberán completar algunos datos, tales como el número de carnet de identidad, el sueldo que reciben en su trabajo y el tipo de jornada laboral que cumplen.

Realizada la postulación, todos los antecedentes serán corroborados. De tal forma, el beneficio se hará efectivo a partir del próximo mes de mayo y el pago se realizará de manera automática, pudiendo favorecer también a los trabajadores con horarios reducidos. En estos casos, el aporte del estado será proporcional a la jornada de desempeño laboral.

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