Exalcalde de Calera de Tango arriesga inhabilidad para ejercer cargos públicos por notable abandono de deberes

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CALERA DE TANGO.- Déficit presupuestario, una larga lista de proveedores impagos, sueldos a honorarios miilonarios son solo algunos de los problemas que aquejan a un número importante de municipios del Gran Santiago. Algunos, con más atrevimiento que otros, como por ejemplo San Bernardo, que ha recurrido a la Contraloría General de la República y prosperado con querellas, se han encontrado con irregularidades de una gestión anterior y que hoy los tiene con escasos recursos.

Y esta realidad también la tiene Calera de Tango, cuyos concejo municipal, liderado por la alcaldesa Hortensia Mora, se mantiene expectante a lo que pueda resolver el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, al cual recurrieron para pedir inhabilidad para ejercer cargos públicos durante 5 años por notable abandono de deberes para el exalcalde Erasmo Valenzuela

Tal cual consta en el escrito ingresado el 23 de diciembre de 2021, “los requirientes piden hacer efectiva la aplicación de inhabilidad por conductas reiteradas e inexcusables que constituyen uno notorio abandono de deberes en el ejercicio de sus funciones y conductas sistemáticas que infringen el deber de probidad al que están obligados las autoridades y funcionarios públicos”. Los concejales que presentaron esta acción son Carolina Saavedra, Juan Lobos, Nelly Vera, Juan Ignacio Cornejo Y Bárbara Jansana, mientras que Frank Reyes y Marcelino Salfate firman como miembros del equipo jurídico.

A Erasmo Valenzuela, quien ejerció como alcalde desde diciembre de 2000, siendo reelecto en cinco oportunidades consecutivas, se les cuestionan 1.500.000.000 de pesos sin destino, ejercer proselitismo político a favor de su hija y candidta a alcaldesa Constanza Valenzuela Rocuant e intervenir en el nombramiento de parientes en cargos relevantes de la administración municipal, entre otros ítems.

En el caso de su heredera, el capítulo 1 establece el “requierimiento por ejercer proselitismo político por parte de el exalcalde Erasmo Valenzuela Santibañez, en favor de la candidata a alcaldesa Constanza Valenzuela Rocuant, utilizando medios municipales para ello”. “Habían bingos y llegaba ella a dejar los premios, había una conferencia de prensa y ella estaba con él, se subía a las camionetas, atendía público, vino la campaña de la mamografía y ella estaba en la puerta del carro subiendo a las señoras, habían reuniones de comités de allegados ella estaba ahí, el exalcalde ocupaba el medio televisivo Calera de Tango TV la niña estaba ahí, ella decía ‘vengo en nombre de mi padre, en representación de mi padre’ cuando esa función la realiza la jefa o jefe de gabinete”, sostiene a El Amanecer de Lo Herrera la concejala Nelly Vera.

Adicionalmente, se indica en la referida denuncia que Constanza Valenzuela mantiene una oficina dentro de las dependencias Municipales, con el objeto de gestionar su candidatura. Conforme a lo anterior, el dictamen de Contraloría concluye que “en virtud de lo expuesto, corresponde acoger las denuncias de la especie, pues se evidenció que el señor Erasmo Valenzuela Santibáñez, en su calidad del acalde la Municipalidad de Calera de Tango, promovió la candidatura de su hija Constanza Valenzuela Rocuant a la alcaldía del municipio, dándole cabida en actividades oficiales de esa entidad edilicia, y utilizando su imagen en la propaganda electoral de aquella, acciones que contravienen la normativa señalada anteriormente”.

JUZGADO

El capítulo 2 del requerimiento se refiere a las “contrataciones y nombramientos de funcionarios municipales realizados con infracción al deber de probidad administrativa”. Acá el fundamento establece que Valenzuela incurrió en grave infracción al deber de probidad, al intervenir en el nombramiento de parientes en cargos relevantes de la administración municipal, contratando, por ejemplo, a la pareja de su hija, Mario Esteban Parra Sepúlveda, en el cargo de abogado secretario del Juzgado de Policía Local de la comuna. Además, ordenó suscribir un contrato de prestación de servicios a honorarios con Claudia Lagos, con la que mantiene una relación afectiva de convivencia, aumentándole además sin motivación sus honorarios y, a menos de 1 año de que terminara su periodo edilicio, la nombro en un cargo en un grado 6 a contrata.

De una exhaustiva revisión de los antecedentes académicos de Mario Esteban Parra Sepúlveda presentados al concurso público el año 2018, se evidencia la insuficiencia técnica para acceder al cargo nombrado, toda vez que mantiene en su curriculum vitae, solamente dos precarias experiencias laborales, sin los respaldos ni recomendaciones exigidas y no informa cursos de especialización afines al cargo que postula.

Pues bien, igonorando esos datos, mediante memorando N°92 con origen de Alcaldía, se ordena decretar el nombramiento en la planta municipal, escalafón profesional, grado 8, para Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local a Mario Esteban Parra Sepúlveda, a contar del 01 de Julio del año 2018, teniendo como antecedente un concurso público sin consistencia técnica, confeccionado a medida para nombrar a la pareja de Grete Santibáñez Rocuant y padre de los nietos del jefe de servicio.

“Él se separo de su esposa pero mantuvo a toda la familia de ella trabajando en el municipio, y todos directivos, ganando más de un millón y dos millones de pesos. Su yerno, o por lo menos la pareja de su hija, fue calificado con puras notas 7 para quedar en Juzgado de Policía Local, entonces de qué estamos hablando. Las primas, es decir, las parejas de los primos, trabajaban en la municipalidad. De hecho, estuvo un Dideco una niña casada con su primo. Después tenía a los hermanos de su exesposa trabajando como conductores, y a otro, que tenía un taller mecánico, Valenzuela le mandaba los buses y autos. Todo un entramado familiar”, agrega la concejala.

Lo anterior tiene sustento en que el ahora exedil, el 23 de abril del año 2019, ordenó dictar el decreto Alcaldicio N°240/2019 para contratación como prestadora de servicios a honorarios de Claudia Verónica Lagos Muñoz, desde el 1 de abril al 31 de diciembre del 2019, por un monto de $2.222.222. La glosa es “asesora administrador municipal”.

Acá, sostiene otro concejal, el alcalde atentó de forma manifiesta en contra de la moral pública por cuanto al momento de la suscripción del respectivo contrato, el mantenía una relación afectiva de larga, data la cual se extiende a la fecha con Claudia Lagos. De tal forma que esta relación afectiva es un hecho público y notorio en la Municipalidad de Calera de Tango, quedando refrendando en un hecho puntual acaecido y denunciado en la causa RIT: N° 390-2016, RUC: N°1600045129-4, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, por el delito de “Robo con Violencia”. En esta causa, tanto el exedil Erasmo Valenzuela Santibáñez y Claudia Lagos Muñoz intervienen en calidad de víctimas.

AUMENTO DE SUELDO DEL 36,11%

En lo pertinente, se señala que “con fecha 13 de enero del año 2016, aproximadamente a las 23:15, las víctimas Claudia Verónica Lagos Muñoz y Erasmo Agustín Valenzuela Santibáñez, se encontraban en su domicilio de Camino Tanguito, Parcela 28-1 comuna de Calera de Tango…”, “…todos quienes irrumpen en el inmueble, logrando el ingreso al escalar cierre perimetral y acceder a la vivienda forzando la ventana que daba paso a la cocina de la casa habitación, llegando luego al dormitorio de las víctimas, reduciéndolas…”.

Además, consta que las partes viven y comparten el mismo domicilio, el cual es San Ignacio, Parcela 7, sector el Tanguito, comuna de Calera de Tango. Además de lo anterior es un hecho que esta ex funcionaria se vio beneficiada con aumentos progresivos de honorarios los cuales aumentaron desde los $2.222.222 en el año 2019 a $3.050.847, en el año 2020, que la respectiva alza de ingresos se vio aumentada en un 36,11%.

“Con este requerimiento uno busca una sanción y que se fije un limitancia para que vuelva a ser candidato y también una reprimenda moral, que realmente se diga que faltó a varias cosas. Que sepa que lo que hizo no estaba correcto. Y si bien habíamos perdidos las esperanzas con este requirimiento, en marzo pasado el Segundo Tribunal Electoral Región Metropolitana informa que está aceptada la documentación, que fue declarada admisible”, precisa Nelly Vera.

PROMESAS INCUMPLIDAS Y OTRAS HIERBAS

En la denuncia, según se consigna www.diarioconstitucional.cl,  se indica también que el requerido realizó una serie de promesas irresponsables a cientos de familias de la comuna, que esperaban solucionar su situación habitacional, dando cuenta de la suscripción de contratos que comprometieron al municipio más allá de lo que podía cumplir.Se manifiesta que, además, el requerido contravino lo contemplado en el artículo 67 de la Ley N°18.605, en relación con el acta de traspaso de gestión municipal, pues entregó a la nueva administración municipal un documento manifiestamente incompleto, omitiendo información relevante.

Se sostienen también que, en la administración del exalcalde, se cometieron una serie de irregularidades al interior del Departamento de Tránsito, además de denunciarse incumplimientos y desacatos reiterados por parte del municipio a resoluciones emanadas de instancias administrativas y jurisdiccionales.

Explican que, además la máxima autoridad municipal ordenó realizar conexiones eléctricas irregulares de propiedades y emplazamientos particulares al alumbrado público proveído por la empresa CGE, mediante la utilización de recursos públicos. Se denuncia además un notable abandono de deberes, en el cumplimiento de las obligaciones de pago de suministro eléctrico, respecto de los inmuebles municipales, pagando de manera irregular intereses, reajustes, multas y pagos fuera de plazo.

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